UPM pasible de multa de Ambiente de 700 UR por gestión del vivero Santana
A través de la resolución 894/2022 el Ministerio de Ambiente comunicó a Forestal Oriental S.A. (UPM), que es pasible de una multa “por haber derivado desde el vivero de su propiedad, denominado Santana”, sustancias contaminantes hacia la cañada y arroyo Santana, lo que constituye una contravención del Código de Aguas de 1978. La empresa dispondrá de un mes para llevar a cabo una serie de acciones, como incorporar en el programa de monitoreo que comprometió “la totalidad de los principios activos que sean utilizados en el vivero Santana con funciones de plaguicidas” y presentar ante Dinacea la reformulación necesaria para ello.
También deberá mantener un registro “centralizado y disponible del funcionamiento de los equipos del sistema de bombeo, que evidencie la efectividad del mismo y la ocurrencia de cualquier evento o contingencia”. El incumplimiento de estas disposiciones dará lugar a la aplicación de las sanciones alertadas. También se le exige “Complementar, aclarar y justificar” la información que fuera presentada respecto del sistema de recuperación de agua de riego, dado que se observan contradicciones en la información aportada previamente, ya que inicialmente había informado “que no existían vertidos directos de ningún tipo”, y posteriormente “presentó información dando cuenta de las acciones realizadas para eliminarlos”. (El Telégrafo)