No hubo error: ratifican condena a hombre que abusaba de su pareja y de su hija, de 5 años
El caso sucedió en San Carlos. La defensa del agresor intentó poner en duda los testimonios, pero estos resultaron contundentes.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno confirmó esta semana la condena a quince años de penitenciaría contra un hombre de iniciales L. E. G. P., hallado culpable de reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravado y de violencia doméstica agravada en perjuicio de su expareja y de sus dos hijas menores de edad.
La resolución ratifica lo dictado en abril por el Juzgado Letrado Especializado en Violencia Basada en Género, Doméstica y Sexual de San Carlos de 2º Turno, y descarta los argumentos de la defensa que había apelado la sentencia.
Según el informe de la Fiscalía General de la Nación, el ahora condenado ejerció durante años violencia psicológica, patrimonial, física y sexual contra su pareja. La mujer relató haber sido objeto de insultos, control económico y agresiones, muchas veces en presencia de sus hijas.
La situación más grave involucró a la hija mayor, de apenas cinco años al momento de la denuncia. La niña declaró en un hogar protegido del Mides que había sido sometida a reiterados abusos sexuales por parte de su padre. Pericias médicas corroboraron las lesiones físicas compatibles con los relatos.
El abogado defensor había solicitado la absolución por el delito de violencia doméstica, alegando que la relación de pareja era “altamente conflictiva y recíproca” y que la prueba era insuficiente. También cuestionó la valoración de los testimonios y pidió una reducción sustancial de la pena.
El Tribunal desestimó esos planteos. En su fallo sostuvo que la jueza de primera instancia “realizó una correcta valoración probatoria según las reglas de la sana crítica”, y que los testimonios de víctimas, vecinos, técnicos de Inmujeres y peritos forenses acreditaron con certeza los hechos.
Por unanimidad, los ministros Daniel Tapie Santarelli, Ricardo Míguez Isbarbo y Beatriz Larrieu de las Carreras confirmaron la condena a quince años de prisión. Además, se ratificó la pérdida de la patria potestad y la inhabilitación para ejercerla durante diez años, así como el pago de una reparación económica a las víctimas.
El fallo enfatiza la gravedad de los hechos y su carácter irreversible: «La agresión sexual a una persona en pleno desarrollo físico y emocional por parte de quien se aprovecha del vínculo de parentesco genera consecuencias de difícil reparación, o imposibles, para la víctima».
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