Muerte digna: Dos personas con enfermedades graves e irreversibles ya se preparan para la eutanasia

Muerte digna: Dos personas con enfermedades graves e irreversibles ya se preparan para la eutanasia

Pacientes con enfermedades irreversibles ya pueden iniciar sus solicitudes. El Ministerio de Salud ultima los protocolos de actuación para garantizar que se cumpla la ley. “he sufrido, me merezco una muerte tranquila”, dice una de las primeras solicitantes.

El parlamento de Uruguay ha sancionado la Ley de Muerte Digna, estableciendo un precedente en América Latina al ser el primer país del continente en regular la eutanasia a través de una iniciativa legislativa. La norma culminó una tramitación de cinco años en el poder legislativo, obteniendo una aprobación definitiva en la Cámara de Senadores el 15 de octubre de 2025.

La amplia mayoría que respaldó la votación evidenció un acuerdo político y social consolidado en torno al derecho a una muerte autónoma. Esta legislación emerge como respuesta a solicitudes recurrentes de pacientes con diagnósticos terminales y sus grupos familiares, motivadas por casos públicos que pusieron de manifiesto el padecimiento extremo en condiciones médicas sin cura.

El proceso de debate contempló argumentos a favor de la dignidad individual, así como consideraciones sobre la protección de personas en situación de vulnerabilidad.

Derecho a la muerte digna: Uruguay una vez más a la vanguardia

El marco jurídico define un protocolo riguroso y protector para la aplicación de la eutanasia, autorizando su práctica exclusivamente en situaciones de enfermedades graves e irreversibles que provoquen un sufrimiento físico o psíquico considerado intolerable. Un requisito fundamental es la manifestación de un consentimiento informado y explícito por parte del paciente, quien debe ser mayor de edad y contar con plenas facultades mentales.

El procedimiento exige evaluaciones clínicas realizadas por múltiples profesionales de la salud, la observación de un plazo de reflexión mínimo de quince días y la intervención de un comité de ética interdisciplinario. Estas disposiciones buscan garantizar que la determinación sea enteramente voluntaria y libre de influencias externas.

La ley excluye de su alcance a menores de edad y a personas con discapacidades cognitivas que afecten su capacidad de decisión, situando la autonomía individual como un principio rector del derecho a una vida y una muerte dignas.

La implementación de la ley estará a cargo del Ministerio de Salud Pública, entidad que dispondrá de un plazo de varios meses para elaborar la reglamentación operativa. Una vez completado este proceso, las personas que cumplan con los criterios establecidos podrán iniciar las solicitudes formales para acceder a la prestación, recibiendo el acompañamiento médico y ético previsto. La normativa se alinea con lo dispuesto en diversos tratados internacionales sobre derechos humanos que Uruguay ha ratificado.

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