Imputaron a dos enfermeras por apropiación de menores; fiscalía pedirá la imputación de la abogada en los próximos días
La fiscal del caso, doctora Beatriz González, confirmó la formalización en Artigas de dos enfermeras, en relación con un presunto delito de apropiación de niñas, niños y adolescentes. Los cargos presentados por la Fiscalía incluyen el delito de asociación para delinquir en concurso formal con reiteración, sumado al delito estipulado en el artículo 280 del Código Penal uruguayo, que se refiere a la apropiación de menores sin la debida autorización para adoptar o evadiendo las formalidades legales establecidas en el país.
La decisión de formalizarla se tomó tras una audiencia donde la Fiscalía expuso las evidencias recabadas. Sin embargo, una tercera persona involucrada inicialmente en la investigación, quien es abogada e hija de una de las enfermeras, no fue formalizada en esta etapa del proceso. González explicó que durante la investigación surgieron conversaciones que levantan sospechas sobre la posible implicación de la defensora de la abogada en un ilícito. Esta situación llevó a la Fiscalía a solicitar la aplicación del artículo 74 del Código de Proceso Penal, relativo a la incompatibilidad de la defensa.
Ante la solicitud de la Fiscalía, la jueza a cargo del caso determinó, en aras de la objetividad y la prudencia, que «la abogada de la abogada» se abstuviera de seguir interviniendo. Esta resolución obligó a suspender la formalización para la tercera investigada, quien deberá designar una nueva defensa legal para una futura audiencia. La Fiscalía ya anunció su intención de solicitar la formalización de esta abogada en los próximos días, una vez que cuente con representación legal.
Como resultado de la audiencia, se impusieron medidas cautelares a las enfermeras. A la enfermera que vive en Quaraí debió fijar domicilio, la colocación de dispositivos de geolocalización y la notificación a la Dirección Nacional de Migración para evitar su salida del territorio uruguayo. Adicionalmente, se les prohibió comunicarse o acercarse a la víctima y sus familiares en un radio de 300 metros durante un plazo de 120 días. En el caso de la enfermera del Centro de Salud, se sumó la obligación de presentarse semanalmente ante la autoridad policial competente, considerando su residencia de larga data en el país y la ausencia de un riesgo significativo de fuga, según la evaluación judicial.
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