El Supremo de Brasil anula leyes municipales que prohibían mencionar género y orientación sexual en el currículo escolar

El Supremo de Brasil anula leyes municipales que prohibían mencionar género y orientación sexual en el currículo escolar

La decisión unánime señala que la definición de directrices educativas es competencia de la Unión

Magistrados expresan preocupación por la hipersexualización de los niños.

El Supremo Tribunal Federal declaró inconstitucionales las leyes municipales que prohibían mencionar género y orientación sexual en el currículo escolar.

La decisión fue unánime y determinó que las normas y directrices escolares son competencia exclusiva de la Unión, y deben tener un tratamiento uniforme en todo el país.

La Corte analizó dos acciones referentes a normas de Tubarão (RS), Petrolina (PE) y Garanhuns (PE). Ambas habían comenzado a ser examinadas en el pleno virtual, pero fueron suspendidas por un pedido de destaque del ministro Kassio Nunes Marques.

Al reanudarse el juicio, el ministro recordó los precedentes del tribunal que ya habían anulado legislaciones similares, pero afirmó que algunos aspectos deben ser ponderados. Según él, la libertad de cátedra, como casi todos los derechos y libertades, tiene límites, especialmente cuando los niños son el público objetivo.

«Si bien es cierto que los municipios no pueden legislar, no es menos cierto que la exposición a discusiones y polémicas puede revelarse un modelo opresivo», afirmó el ministro.

Nunes Marques hizo referencia a estudios sobre el desarrollo infantil y concluyó: «Preservar la infancia no es conservadurismo».

FOLHA INTERNACIONAL